Por fin la
promulgación de una amnistía va a dar fin con los dolores de los presos
políticos y sociales, vencidos de hoy, ¡quién sabe si vencedores mañana! En una
lucha ideológica y de justicia social.
Quedaron
excluídos de la amnistía los militares que cometieron el delito de rebelión
contra la República.
Es lógico esto
porque los militares no pueden emplear las armas que les dio una República para
atentar contra la misma.
Entran, pues,
en ella los encartados en el proceso de Tarrasa.
¡Con qué
satisfacción constato este hecho!
¿Por qué no
reirán ahora los que lo hacían al iniciar yo aquella campaña contra la
sentencia que los condenó fundándose en una herejía jurídica?
¿Por qué no se
acercan ahora los que me aconsejaban lo inútil y baldío de la petición y me
apremiaban para que abandonara la campaña?
—Nadie te
seguirá—me decían.
Pues bien, ahí
está. Me siguió el auditor de guerra en su informe discrepando de la sentencia;
me siguió el pueblo en mi campaña, colaborando en sus peticiones al Congreso, y
ha bastado que llegara un hombre de izquierda al ministerio de Justicia para que
se estudiara el caso, se documentara, apreciara la monstruosidad jurídica
cometida y entendiera que era preciso incluir en la amnistía el caso de
Tarrasa. Y si no fuera avanzar criterios y explicar conversaciones y detalles
que me son vedados exponer, yo afirmaría, sin temor a equivocarme, que el caso
de Tarrasa ha inclinado con su enorme peso la balanza del criterio ministerial
para que la amnistía alcanzara a los paisanos que hubieses cometido el delito
de rebelión, sedición y otros cualquiera que pudieran apreciarse como
atentatorios a la forma de gobierno.
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