Los miembros del Tribunal permanecieron reunidos durante veintiuna
horas
Ayer, a las ocho de la mañana,
terminó la sesión privada del Tribunal militar que ha entendido y fallado la
causa seguida contra los cuarenta y dos procesados por los sucesos de Tarrasa,
y cuya vista ha durado cinco días.
El Tribunal se reunió
inmediatamente después de terminar la última sesión del Consejo, a las once de
la mañana del viernes, en la misma Sala de actos üe la Cárcel celular.
Con arreglo a la severidad
establecida por el Código de justicia militar, ei Tribunal se encerró en la
Sala, observándose con todo rigor la prohibición de que nadie entrase ni se
acercase al lugar donde permanecían deliberando los miembros del Tribunal,
hasta el momento en que fue redactada la sentencia.
Teniendo en cuenta que la
reunión, empezada a las once de la mañana del día anterior la prohibición de
que nadie entrase ni de ayer, sin más tregua en las deliberaciones que dos
horas para el almuerzo y otras dos para la cena, es evidente que el Tribunal
dedicó diecisiete horas ai examen de la causa y a la redacción del fallo.
Durante todo este tiempo
permanecieron frente a la cárcel, esperando conocer noticias del fallo, algunos
grupos de personas, formados en su mayoría por familiares de los encartados.
Dictada la sentencia, pasaron a
la Sala donde había estado reunido el Tribunal los mecanógrafos, quienes
copiaron a máquina el acta de la sesión privada, en la cual se especifica el
fallo.
A las ocho y media de la mañana
el Presidente del Tribunal, teniente coronel don Joaquín Coll, llamó al juez
instructor de la causa, comandante don Enrique Bibiano, quien con el texto de
la sustancia se personó en el departamento donde estaban detenidos los
procesados y les dio lectura del acta.
Según nuestras noticias, en ella
se mantiene y reconoce la comisión de un delito de rebelión militar, y se
condena a los procesados a las penas siguientes:
A Julián Abad Guitart, Delfín
Badía Ontiñano, Ramón Solé Oriol y Lorenzo Tapioles Vancells, veinte años y un
día de reclusión mayor con las accesorias correspondientes de interdicción
civil, por el delito de rebelión militar.
Al mismo Julián Abad Guitart,
además, a las penas de dos meses y un día de arresto mayor y 250 pesetas de
multa por uso de nombre supuesto y a 250 pesetas por uso de cédula falsa.
A Juan Blanes Soriano, Manuel Bou
Carbonell, Jaime Caballé Bargalló, Benito Cadena Maciá, Salvador Coma Font,
Jaime Cassarramons Florensa, Pablo Castells Fito, Miguel Doménech Massanell,
Francisco Folch Pares, Luis Foret Nogueres, Francisco Galán Caldes, José Gracia
Ballester, Miguel Hernández Fuentes, Fidel Lechón Lorente, Rosino López Rubio,
Pedro Martí Jover, Francisco Morales López, Camilo .Nortes Rodríguez, José
Padilla Boloix, José Pedro Guinjoan, Pedro Perarnau Subirana, Francisco Planes
Arborés, José Puig Serraut, Joaquín Regales Montull, Fernando Restoy Martínez,
José Rimbau Almirall, Andrés Rosell Cost, Daniel Sánchez García y Juan Vinyals
Grifell, a doce años y un día de reclusión menor, con inhabilitación durante el
tiempo de la condena de los derechos civiles, como autores de un delito de rebelión
militar ejecutado en el grado auxiliar que determina el artículo 240 del Código
de Justicia militar.
Y a Arcadio Duran Fecundo,
Antonio Olivares Santander, José Olivares Santander, Manuel Rico García y Tomás
Solanes Lahoz, a la pena de seis años y un día de prisión mayor, con las
accesorias correspondientes de suspensión de todo cargo público y ejercicio del
sufragio, por idéntico delito que los anteriores en calidad de auxiliares
accidentales.
De acuerdo con el fiscal que
había retirado la acusación por falta de pruebas contra Joaquín López Forniels,
Fortián Matabosch Seratosa, Andrés Mora Escuté y Diego Navarro García, el
Tribunal procedió a la libre absolución de estos procesados, los cuales fueron
puestos inmediatamente en libertad.
Los restantes continuaron en la
cárcel.
Al serles comunicada la sentencia
los procesados se negaron a firmarla.
La sentencia fue comunicada a los
pocos momentos al Auditor de la División, don Ricardo Ferrer, primera autoridad
en el fuero de la justicia militar de esta División, y sin cuya aprobación no
será efectiva.
A las diez de la mañana,
previamente citados, acudieron al despacho del juez instructor en el Gobierno
Militar los letrados defensores de los encartados en este proceso, siéndoles
también comunicada la sentencia recaída.
Parece ser que los abogados de los
procesados condenados tienen el propósito de presentar el correspondiente
recurso de casación ante el Tribunal Supremo, en caso de que la sentencia sea
aprobada por el Auditor de la División.
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