sábado, 6 de septiembre de 2014

La Vanguardia, Edición del sábado, 05 marzo 1927, página 6

Orden general : : Los reclutas destinados a África
Debiéndose efectuar el lunes próximo el sorteo de los reclutas que han de ser destinados a cuerpos permanentes de África, y cuya incorporación a los mismos se ha suspendido, por la Jefatura de Estado Mayor de esta Capitanía general se ha publicado la siguiente orden:

«Para cumplimentar lo dispuesto en la real orden de 23 del actual (D. O. núm. 45) acerca de la agregación a los cuerpos de la región de los reclutas a quienes en el próximo sorteo les corresponda ser destinados a los de guarnición permanente de África, el excelentísimo señor capitán general de la región se ha servido disponer que, además de las instrucciones en ella contenidas, se tengan en cuenta las normas siguientes:

Infantería. — Con los reclutas destinados a la Comandancia general de Ceuta por las cajas de Barcelona, 53, 54 y 55, Tarrasa y Villafranca para el batallón de África número 1, se constituirá una compañía afecta al regimiento de infantería de San Quintín.

Los destinados a la misma Comandancia general por las cajas de Villafranca, Manresa, Tarragona, Tortosa, Lérida, Balaguer, Gerona y Olot para los batallones de África números 2, 9 y 10, se agruparan igualmente en una compañía, la cual quedará afecta al regimiento de infantería de Jaén.

Los destinados por las doce cajas de la región a la Comandancia general de Melilla, formarán otra compañía afecta al regimiento de infantería de Alcántara.

Los reclutas antes mencionados quedarán agregados para todos los efectos expresados en la primera modificación de la real orden de 23 del actual (D. O. número 45) a los cuerpos de la región a que estén afectas las compañías a que sean destinados de las tres que se organizan.

Caballería.—Los reclutas de las doce cajas de la región, así como los de Baleares destinados a los cuerpos de caballería de guarnición en África, quedarán agregados al regimiento de caballería de Dragones de Santiago, en el cual se constituirá una sección con arreglo a lo dispuesto en la modificación antes indicada.

Artillería.—Los reclutas destinados a artillería ligera de los cuerpos de África quedarán agregados al octavo regimiento de artillería ligera.

Los destinados a Montaña, al primero de montaña y los de costa y posición, al cuarto regimiento a pie.

Ingenieros, intendencia y sanidad militar.

Para los reclutas destinados a los cuerpos de África de estos cuerpos, las cajas de recluta seguirán las normas indicadas en la modificación primera de la ya mencionada real orden.

Viajes de incorporación. — La incorporación de los reclutas, destinados a África a los cuerpos a que han sido agregados se efectuará a partir del próximo día 10, utilizando los trenes militares y ordinarios que figuran en el cuadro general de la marcha de trenes que oportunamente se publicará, siguiéndose análogas normas que las indicadas para el contingente de la península.»

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