domingo, 8 de febrero de 2015

La Vanguardia, Edición del viernes, 09 marzo 1928, página 11

Tribunales

VISTA DE CAUSAS

Sección cuarta.—Terminó ayer la vista de la causa por parricidio contra Pedro y Esteban Bossons.

Comenzó la sesión con el informe del fiscal señor Bonilla, que, por primera vez, informaba en esta Audiencia.

Comenzó el señor Bonilla su discurso, saludando a la Sala, a los defensores y al Colegio de Abogados, por ser la primera vez que, tengo el honor, dijo, de informar en esta Audiencia.

Con argumentación sólida y lógica irrebatible, expuso lo monstruoso del crimen que se perseguía, en el que los autores del mismo, los procesados, por un puñado de pesetas, asesinaron, fríamente, premeditadamente, a un semejante que era hijo y hermano respectivamente de ellos.

Tan abominable, tan repugnante e inexplicable es el crimen éste, dijo, que los legisladores antiguos no lo consignaron en sus códigos, porque no concebían que un padre, que tantos y tan grandes sacrificios realiza por sus hijos, pudiera llegar a asesinar a un pedazo de sus entrañas, por unas miserables pesetas.

En brillantes períodos cantó el amor, la adoración de los padres por los hijos y de éstos por sus progenitores, y condenó con frases severas, duras, el delito de parricidio que evidencia en el que lo comete, un alma perversa, criminal.

A continuación hizo un estudio detenido del delito de asesinato cometido por Esteban Bossons, hermano de la víctima, diciendo que, ha sido calificado así, porque, según el Código, sólo incluye en el de parricidio a los ascendientes y descendientes de la victima y no a los colaterales.

Analizó minuciosamente la configuración moral de los procesados, para deducir que están naturalizados con la delincuencia, almas dispuestas a la comisión de cualquier crimen, espíritus predispuestos al mal, almas perversas.

Estos seres, agregó, no son regenerables, desgraciadamente, y, por consiguiente, los tribunales, deben aplicar el castigo que la ley señala para estos criminales.

Estudió las declaraciones y hechos que constan en el sumario, para afirmar que de los mismos se desprende de una manera clara y evidente, la culpabilidad de los procesados, con las agravantes de nocturnidad, premeditación y alevosía, bien caracterizadas.

Y aún, agregó, intentaron los procesados, agravar, si esto es posible, su primer delito, cometiendo otro tan abominable como aquél, como lo prueba el hecho de ser sorprendidos escribiendo un anónimo dirigido a las autoridades, culpando a seres inocentes, del crimen que ellos habían perpetrado.

Prosiguió su discurso metódico, que demuestra había hecho un estudio minucioso del sumario, para afirmar que no es verosímil lo dicho por Esteban Bossons de que ayudó a su padre a cometer el crimen porque éste le amenazó con matarle.

Consideró que las conclusiones de las defensas no resisten el análisis de la crítica razonada, lógica, por inconsistentes, pues los hechos, hechos probados, demuestran que sólo agravantes se aprecian en el hecho.

Terminó el señor Bonilla su elocuente informe, qué fue subrayado con murmullos de aprobación, pidiendo a la Sala, imponga a los procesados la última pena y, que en caso de indulto, se les imponga las accesorias.

A continuación informaron los defensores de Pedro y Esteban Bossons, por este orden, los que, pidieron la absolución de sus patrocinados, alegando la falta de pruebas que para condenarlos había, ya que las declaraciones de ellos confesándose autores del hecho, les fueron arrancadas por la violencia al Pedro, y Esteban las hízo inducido por los presos de Tarrasa.

El señor Aldecoa, declaró concluso para sentencia el juicio.


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