Tribunales
VISTA DE CAUSAS
Sección
cuarta.—Terminó ayer la vista de la causa por parricidio contra Pedro y Esteban
Bossons.
Comenzó
la sesión con el informe del fiscal señor Bonilla, que, por primera vez,
informaba en esta Audiencia.
Comenzó
el señor Bonilla su discurso, saludando a la Sala, a los defensores y al
Colegio de Abogados, por ser la primera vez que, tengo el honor, dijo, de
informar en esta Audiencia.
Con
argumentación sólida y lógica irrebatible, expuso lo monstruoso del crimen que
se perseguía, en el que los autores del mismo, los procesados, por un puñado de
pesetas, asesinaron, fríamente, premeditadamente, a un semejante que era hijo y
hermano respectivamente de ellos.
Tan
abominable, tan repugnante e inexplicable es el crimen éste, dijo, que los
legisladores antiguos no lo consignaron en sus códigos, porque no concebían que
un padre, que tantos y tan grandes sacrificios realiza por sus hijos, pudiera
llegar a asesinar a un pedazo de sus entrañas, por unas miserables pesetas.
En
brillantes períodos cantó el amor, la adoración de los padres por los hijos y
de éstos por sus progenitores, y condenó con frases severas, duras, el delito
de parricidio que evidencia en el que lo comete, un alma perversa, criminal.
A
continuación hizo un estudio detenido del delito de asesinato cometido por
Esteban Bossons, hermano de la víctima, diciendo que, ha sido calificado así,
porque, según el Código, sólo incluye en el de parricidio a los ascendientes y
descendientes de la victima y no a los colaterales.
Analizó
minuciosamente la configuración moral de los procesados, para deducir que están
naturalizados con la delincuencia, almas dispuestas a la comisión de cualquier
crimen, espíritus predispuestos al mal, almas perversas.
Estos
seres, agregó, no son regenerables, desgraciadamente, y, por consiguiente, los
tribunales, deben aplicar el castigo que la ley señala para estos criminales.
Estudió
las declaraciones y hechos que constan en el sumario, para afirmar que de los mismos
se desprende de una manera clara y evidente, la culpabilidad de los procesados,
con las agravantes de nocturnidad, premeditación y alevosía, bien
caracterizadas.
Y
aún, agregó, intentaron los procesados, agravar, si esto es posible, su primer
delito, cometiendo otro tan abominable como aquél, como lo prueba el hecho de ser
sorprendidos escribiendo un anónimo dirigido a las autoridades, culpando a
seres inocentes, del crimen que ellos habían perpetrado.
Prosiguió
su discurso metódico, que demuestra había hecho un estudio minucioso del
sumario, para afirmar que no es verosímil lo dicho por Esteban Bossons de que
ayudó a su padre a cometer el crimen porque éste le amenazó con matarle.
Consideró
que las conclusiones de las defensas no resisten el análisis de la crítica
razonada, lógica, por inconsistentes, pues los hechos, hechos probados,
demuestran que sólo agravantes se aprecian en el hecho.
Terminó
el señor Bonilla su elocuente informe, qué fue subrayado con murmullos de
aprobación, pidiendo a la Sala, imponga a los procesados la última pena y, que
en caso de indulto, se les imponga las accesorias.
A
continuación informaron los defensores de Pedro y Esteban Bossons, por este
orden, los que, pidieron la absolución de sus patrocinados, alegando la falta
de pruebas que para condenarlos había, ya que las declaraciones de ellos
confesándose autores del hecho, les fueron arrancadas por la violencia al
Pedro, y Esteban las hízo inducido por los presos de Tarrasa.
El
señor Aldecoa, declaró concluso para sentencia el juicio.
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