Comité paritario permanente del
comercio de Tarrasa
El
pleno de este Comité en sesión celebrada el día 12 del corriente, acordó que a
partir del día primero de abril próximo entren en vigor las bases que respecto
a vacaciones, horario y semana inglesa, fueron aprobadas en la sesión del dia
13 del pasado febrero.
Dichas
bases, que a continuación se detallan, afectan exclusivamente al comercio al por
mayor de la expresada ciudad.
VACACIONES:
Los dependientes de una casa de comercio o entidad mercantil donde no esté
establecido actualmente un régimen de vacaciones, disfrutarán de éstas,
proponiendo al patrono la duración de las mismas, que no podrá ser inferior a diez
días laborables, así como la manera de substituirse solidariamente en al trabajo
en forma en que no pueda perjudicarse la buena marcha de la casa.
En
el caso de que la forma propuesta por la dependencia para el régimen de
vacaciones no convenga al patrono, éste a su vez propondrá a la dependencia la
que considere compatible con Ios intereses del negocio.
De
no haberse llegado a una inteligencia entre la dependencia y el patrono
respecto a la duración y forma de substituirse en el trabajo, antes de la fecha
del primero de mayo, deberá acudirse a la (Ponencia del Ramo Mercantil de este
Comité, la cual, al emitir su informe, concretará el tiempo de duración de las
mismas en cada caso particular, teniendo en cuenta las características del
negocio y las posibilidades del trabajo.
Estarán
afectos al régimen de vacaciones:
A)
Todos los contables, auxiliares, meritorios, aprendices y mecanógrafas de todos
los escritorios, despachos y oficinas de cualquier industria o comercio.
B)
Todos los viajantes, corredores, auxiliares, meritorios y aprendices de todos
los almacenes de industria o comercio al por mayor.
HORARIO.—Almacenes
al por mayor: Por la mañana, de 9
a 1 ; por la tarde, de dos y media a siete.
Despachos
y escritorios de industria: Por la mañana, de ocho a doce; por la tarde, de dos
a seis y media.
Los
sábados terminará la jornada a la una de la tarde.
Comprenderá
este horario:
Todos
los escritorios, despachos y oficinas de cualquier industria o comercio, entre
dependientes a saber: contables, auxiliares, Todos los almacenes de industrias
o comercios al por mayor que tengan dependientes: viajantes, corredores,
auxiliares, meritorios, aprendices y mozos.
SEMANA
INGLESA.—Comprenderá a todos los escritorios, despachos y oficinas de cualquier
industria o comercio, entre dependientes a saber: contables, auxiliares,
meritorios, aprendices y mecanógrafas.
A
todos los almacenes de industrias o comercios al por mayor que tengan
dependientes: viajantes, corredores, auxiliares, meritorios, aprendices y
mozos.
No hay comentarios:
Publicar un comentario