miércoles, 17 de mayo de 2017

La Vanguardia, Edición del domingo, 30 julio 1933, página 5

Los miembros del Tribunal permanecieron reunidos durante veintiuna horas

Ayer, a las ocho de la mañana, terminó la sesión privada del Tribunal militar que ha entendido y fallado la causa seguida contra los cuarenta y dos procesados por los sucesos de Tarrasa, y cuya vista ha durado cinco días.

El Tribunal se reunió inmediatamente después de terminar la última sesión del Consejo, a las once de la mañana del viernes, en la misma Sala de actos üe la Cárcel celular.

Con arreglo a la severidad establecida por el Código de justicia militar, ei Tribunal se encerró en la Sala, observándose con todo rigor la prohibición de que nadie entrase ni se acercase al lugar donde permanecían deliberando los miembros del Tribunal, hasta el momento en que fue redactada la sentencia.

Teniendo en cuenta que la reunión, empezada a las once de la mañana del día anterior la prohibición de que nadie entrase ni de ayer, sin más tregua en las deliberaciones que dos horas para el almuerzo y otras dos para la cena, es evidente que el Tribunal dedicó diecisiete horas ai examen de la causa y a la redacción del fallo.

Durante todo este tiempo permanecieron frente a la cárcel, esperando conocer noticias del fallo, algunos grupos de personas, formados en su mayoría por familiares de los encartados.

Dictada la sentencia, pasaron a la Sala donde había estado reunido el Tribunal los mecanógrafos, quienes copiaron a máquina el acta de la sesión privada, en la cual se especifica el fallo.

A las ocho y media de la mañana el Presidente del Tribunal, teniente coronel don Joaquín Coll, llamó al juez instructor de la causa, comandante don Enrique Bibiano, quien con el texto de la sustancia se personó en el departamento donde estaban detenidos los procesados y les dio lectura del acta.

Según nuestras noticias, en ella se mantiene y reconoce la comisión de un delito de rebelión militar, y se condena a los procesados a las penas siguientes:

A Julián Abad Guitart, Delfín Badía Ontiñano, Ramón Solé Oriol y Lorenzo Tapioles Vancells, veinte años y un día de reclusión mayor con las accesorias correspondientes de interdicción civil, por el delito de rebelión militar.

Al mismo Julián Abad Guitart, además, a las penas de dos meses y un día de arresto mayor y 250 pesetas de multa por uso de nombre supuesto y a 250 pesetas por uso de cédula falsa.

A Juan Blanes Soriano, Manuel Bou Carbonell, Jaime Caballé Bargalló, Benito Cadena Maciá, Salvador Coma Font, Jaime Cassarramons Florensa, Pablo Castells Fito, Miguel Doménech Massanell, Francisco Folch Pares, Luis Foret Nogueres, Francisco Galán Caldes, José Gracia Ballester, Miguel Hernández Fuentes, Fidel Lechón Lorente, Rosino López Rubio, Pedro Martí Jover, Francisco Morales López, Camilo .Nortes Rodríguez, José Padilla Boloix, José Pedro Guinjoan, Pedro Perarnau Subirana, Francisco Planes Arborés, José Puig Serraut, Joaquín Regales Montull, Fernando Restoy Martínez, José Rimbau Almirall, Andrés Rosell Cost, Daniel Sánchez García y Juan Vinyals Grifell, a doce años y un día de reclusión menor, con inhabilitación durante el tiempo de la condena de los derechos civiles, como autores de un delito de rebelión militar ejecutado en el grado auxiliar que determina el artículo 240 del Código de Justicia militar.

Y a Arcadio Duran Fecundo, Antonio Olivares Santander, José Olivares Santander, Manuel Rico García y Tomás Solanes Lahoz, a la pena de seis años y un día de prisión mayor, con las accesorias correspondientes de suspensión de todo cargo público y ejercicio del sufragio, por idéntico delito que los anteriores en calidad de auxiliares accidentales.

De acuerdo con el fiscal que había retirado la acusación por falta de pruebas contra Joaquín López Forniels, Fortián Matabosch Seratosa, Andrés Mora Escuté y Diego Navarro García, el Tribunal procedió a la libre absolución de estos procesados, los cuales fueron puestos inmediatamente en libertad.

Los restantes continuaron en la cárcel.

Al serles comunicada la sentencia los procesados se negaron a firmarla.

La sentencia fue comunicada a los pocos momentos al Auditor de la División, don Ricardo Ferrer, primera autoridad en el fuero de la justicia militar de esta División, y sin cuya aprobación no será efectiva.

A las diez de la mañana, previamente citados, acudieron al despacho del juez instructor en el Gobierno Militar los letrados defensores de los encartados en este proceso, siéndoles también comunicada la sentencia recaída.

Parece ser que los abogados de los procesados condenados tienen el propósito de presentar el correspondiente recurso de casación ante el Tribunal Supremo, en caso de que la sentencia sea aprobada por el Auditor de la División.


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