viernes, 26 de mayo de 2017

Luz (Madrid. 1932) - 12/08/1933, pág 9

LA CAUSA POR LOS SUCESOS DE TARRASA

El auditor de la división no aprueba la sentencia por no ajustarse el fallo al Código de Justicia Militar

El juez instructor recibe la causa, disentida por el auditor. -En definitiva resolverá el Tribunal Supremo

BARCELONA, 12. —Circula la noticia de que el auditor de la división había discrepado de la sentencia dictada por el Consejo de guerra por los sucesos de Tarrasa. Se decía que tal discrepancia obedecía a que en su opinión se había incurrido en errores de derecho.

Esta autoridad jurídica manifestaba que no habia aprobado la sentencia por no ajustarse la calificación al Código de Justicia Militar. Parece que también alegó que hay que absolver a algunos de los condenados y a los restantes hay que imponerles penas que pueden oscilar entre uno a seis años.

Esta discrepancia se ha confirmado, pues el juez que instruyó la causa por los sucesos de Tarrasa, comandante D. Enrique Bibiano, ha recibido la causa mencionada con el disentimiento del auditor.

El lunes el juez requerir a a los condenados por el Consejo de guerra para que nombren defensores ante el Supremo de Guerra y Marina, Una vez que el juez saque testimonio de lo que dispone para estos casos el apartado número 12 del articulo 28 del Código de Justicia Militar, volverá la causa al auditor para que la remita al Supremo, tribunal que ha de resolver en definitiva.


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