viernes, 18 de mayo de 2018

El Diluvio, Edición 7 de febrero de 1935, pág. 7


ROBO DE 38.150 PESETAS AL CAJERO DE MANUFACTURA TEXTIL DE TARRASA

Sección segunda. – Ayer vióse en esta sección la causa seguida contra José Ros Carrasco y C.P.

Según el fiscal, el día 30 de junio del año pasado, presentóse en el Banco Hispano Americano en el que prestaban servicio una pareja de guardias de seguridad, el hoy procesado y dirigiéndose a ésta les ordenó detuvieran a un individuo, y les dijo que ya se daría a conocer.

Salió el individuo a que se refería el Ros, que resultó ser don Baltasar Torrente, cajero de Manufactura Textil de Tarrasa.

A pesar de las protestas de éste, los guardias lo condujeron detenido a la Jefatura de Policía y por el camino, el Ros cacheó al cajero y se incautó de 38.150 pesetas que llevaba en el bolsillo.

Al llegar todos a la Jefatura el procesado les dijo a los guardias que subieran el cajero mientras él daba cuenta a sus superiores del servicio realizado.

Mientras la pareja cumplimentaba la orden dada por el procesado éste desapareció. Más tarde fue detenido recuperándose 37.250 pesetas.

El fiscal consideró los hechos como constitutivos de un delito de robo con intimidación del que era autor el procesado Ros y solicitó que fuera condenado a tres años, seis meses y un día de presidio.

A la procesada C.P. la considera como encubridora y pide sea condenada a dos meses y un día de arresto.

Presidió el tribunal el magistrado don Eduardo Zúñiga. La representación del ministerio fiscal la ostentaba el señor Matoses y la defensa de los procesados corrió a cargo de los letrados señores Palazón y Bassols, que defendían al Ros y a la C.P.

El procesado en su interrogatorio ha dicho que los hechos se ajustaban a la relación hecha por el fiscal en sus conclusiones provisionales.

Dijo también que pretendió engañar a los guardias para apoderarse del dinero del cajero señor Torrente.

Añadió, a preguntas del fiscal señor Matoses, que a su entender el cajero de Manufactura Textil no llevaba encima más de 8.000 pesetas.

Prestó declaración el cajero señor Torrente, diciendo que lo ocurrido está reflejado en las conclusiones del ministerio fiscal.

Depusieron también los guardias que practicaron la detención del cajero señor Torrente, diciendo uno de ellos, que creía al Ros confidente de la policía, y añadiendo el otro que creía al procesado cuñado de Badía, pues infinidad de veces le había visto en la Comisaría de la que ellos dependían.

Después de las pruebas el fiscal modificó sus conclusiones apreciando más agravantes para el Ros y en consecuencia pidió se le condenara a la pena de seis años, diez meses y un día de presidio.

El señor Palazón, defensor del Ros, sostuvo en forma alternativa que su patrocinado era inocente del delito que se le imputaba y que en caso contrario debía condenársele a la pena de seis meses y un día de prisión.

El defensor de C.P. dijo que el delito de que se le acusaba a su defendida sólo constituía una falta.

El juicio quedó concluso para sentencia.

A la vista asistió mucho público.


No hay comentarios: