domingo, 18 de junio de 2017

El Diluvio, Edición miércoles 18 de octubre de 1933, pág. 5


Por fin la promulgación de una amnistía va a dar fin con los dolores de los presos políticos y sociales, vencidos de hoy, ¡quién sabe si vencedores mañana! En una lucha ideológica y de justicia social.

Quedaron excluídos de la amnistía los militares que cometieron el delito de rebelión contra la República.

Es lógico esto porque los militares no pueden emplear las armas que les dio una República para atentar contra la misma.

Entran, pues, en ella los encartados en el proceso de Tarrasa.

¡Con qué satisfacción constato este hecho!

¿Por qué no reirán ahora los que lo hacían al iniciar yo aquella campaña contra la sentencia que los condenó fundándose en una herejía jurídica?

¿Por qué no se acercan ahora los que me aconsejaban lo inútil y baldío de la petición y me apremiaban para que abandonara la campaña?

—Nadie te seguirá—me decían.

Pues bien, ahí está. Me siguió el auditor de guerra en su informe discrepando de la sentencia; me siguió el pueblo en mi campaña, colaborando en sus peticiones al Congreso, y ha bastado que llegara un hombre de izquierda al ministerio de Justicia para que se estudiara el caso, se documentara, apreciara la monstruosidad jurídica cometida y entendiera que era preciso incluir en la amnistía el caso de Tarrasa. Y si no fuera avanzar criterios y explicar conversaciones y detalles que me son vedados exponer, yo afirmaría, sin temor a equivocarme, que el caso de Tarrasa ha inclinado con su enorme peso la balanza del criterio ministerial para que la amnistía alcanzara a los paisanos que hubieses cometido el delito de rebelión, sedición y otros cualquiera que pudieran apreciarse como atentatorios a la forma de gobierno.



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